La Ley 1564 está en vigencia desde el 2012 y permite a un usuario crediticio reajustar las condiciones de su producto cuando le resulte impagable.
Desde julio de 2012 existe una ley que le ayuda a las personas con deudas impagables a proteger sus bienes y patrimonio de embargos y remates, pese a que no tengan el dinero para quedar al día con sus compromisos económicos. Así mismo, esta les permite recuperar la vida financiera, es decir, levantar los reportes ante las centrales de riesgo, luego de llegar a un acuerdo de pago con el cual se puedan cubrir todos los pasivos con los bancos, prestamistas, administraciones, por concepto de impuestos, multas de tránsito y cualquier otro tipo de deudas. Según el Ministerio de Justicia y del Derecho, en los últimos ocho años se han disparado las solicitudes de insolvencia, pasando de 423 en 2016 a 6.469 en 2023. De hecho, solo en 2024, con corte a agosto 31, se habían registrado 6.420 peticiones de este tipo, casi igual al total de insolvencias en 2023.
¿Qué debe pasar para declararse en insolvencia?
De acuerdo con la Ley 1564 de 2012, si una persona está interesada en beneficiarse de esta ley, inicialmente debe cumplir con las siguientes condiciones:
“1) No puede ser comerciante, ni ser representante legal de una empresa o contar con más del 50 % de sus acciones. 2) Debe tener más de dos (2) deudas sin pagar con más de 90 días (tres meses) de atraso. 3) #s necesario que radique la insolvencia únicamente en la ciudad donde vive”, afirma Nelly Vanessa Méndez Farfán, representante legal de la Firma Méndez y Méndez Abogados. ¿Qué se debe hacer para acogerse a esta ley?
En cuanto al proceso que se debe realizar, Méndez explica el paso a paso que hay que seguir para poderse acoger a los beneficios de la insolvencia.
- La persona tiene que presentar la solicitud ante un Centro de Conciliación, una Notaria o una sede de la Cámara de Comercio, para que posteriormente le admitan su petición.
- Luego de ser admitida la insolvencia, cada acreedor (empresa o persona a la que se le debe la plata) debe informarle y aclararle al deudor cuánto dinero debe pagar en capital e intereses.
- Conforme a este valor, la persona tiene que presentar una propuesta de pago para cubrir estos compromisos económicos, en la que puede proponer solo cancelar el valor del capital y así evitar el pago de los intereses.
- Si esta propuesta es aceptada por la mayoría de acreedores, se consolida un acuerdo de pago; en caso contrario, el deudor se va a un nuevo proceso llamado liquidación patrimonial, en donde también podrá tratar de llegar a un acuerdo con el fin de evitar perder sus bienes.
Es importante recordar que desde que se confirma la admisión de la insolvencia, la persona tiene entre 60 días (dos meses) y máximo 90 (tres meses) para llegar a un acuerdo de pago con el fin de cubrir todas sus deudas (sin importar si son con entidades financieras, prestamistas, impuestos, administraciones, etc.).
¿Qué beneficios trae la ley de insolvencia?
- Se suspenderán los procesos jurídicos que tenga en su contra; incluso, si ya tiene embargos o fecha de remate, estas demandas quedan congeladas.
- Podrá pagar sus deudas en un plazo recomendado de cinco años o más tiempo si así lo requiere.
- Tendrá la oportunidad de decidir qué valor pagar mensualmente por cada deuda, según sus ingresos reales y actuales; en otras palabras, los acreedores no podrán imponerle una cuota puntual.
- A partir del momento en que se confirme la admisión de la insolvencia y en adelante, los intereses de las deudas quedan congelados y no vuelven a aumentar.
- De igual manera, las entidades financieras no le cobrarán intereses ya causados, ni los gastos de cobranza u honorarios de abogados.
- Se suspenden los descuentos de salario por concepto de créditos de libranza o embargos.
- En la medida que vaya pagando cada deuda, se levantarán inmediatamente los reportes negativos en las centrales de riesgo. Asimismo, mientras se encuentre en insolvencia, se cambiará el estado de la persona de ‘deudor moroso’ a ‘deudor en insolvencia’.
- Se cancelarán temporalmente todas las llamadas de cobro, al igual que el envío de mensajes de texto y correos electrónicos de las entidades financieras.
¿Una persona en insolvencia queda vetad del sistema financiero?
Aunque se cree lo contrario, los bancos ya no ven con malos ojos a los deudores que se insolventan; de hecho, comprenden que son personas que están ejerciendo su derecho para acceder a la justicia por medio de este beneficio. De igual forma, menciona Méndez, “una vez se finiquite el acuerdo de pago, se levantan todos los reportes negativos ante las centrales de riesgo y con ello se podrán solicitar nuevos créditos o retomar la vida financiera, sin ningún problema”.
Cabe señalar que la insolvencia económica no es lo mismo que la refinanciación de los créditos, pues con esta última figura el deudor le permite al banco que se sume el valor de sus intereses al de su capital y, por ende, aumente el valor de su deuda, lo cual perjudica al deudor gravemente.
Fuente: Portafolio 2024.