Modifican requisitos para operaciones desde zona franca con destino al resto del mundo.

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) modificó el artículo 523 de la Resolución 46 del 2019 para actualizar los requisitos y procedimientos aplicables a las operaciones de salida de mercancías desde zonas francas hacia el resto del mundo. Según la entidad, esta medida garantiza claridad en las condiciones logísticas y asegura el cumplimiento de las normativas aduaneras vigentes para que todos los actores involucrados en estas operaciones comprendan y cumplan con los nuevos procedimientos, en concordancia con los cambios introducidos por el Decreto 659 del 2024.

La normativa expresa que “para las operaciones desde zona franca con destino al resto del mundo el usuario industrial o comercial de zona franca permanente, usuarios industriales de zonas francas permanentes especiales o los usuarios expositores en zona franca transitoria deberán presentar a través de los servicios informáticos electrónicos la respectiva solicitud de autorización de embarque, sin perjuicio del diligenciamiento del formulario de movimiento de mercancías en zona franca, el cual deberá contar con la autorización del usuario operador o el usuario administrador”.

Fuente: Ámbito Jurídico (12 junio del 2024)